Según nuestro Código Civil, la vida en común es uno de los efectos que conlleva el matrimonio, así como el cuidado y atención de los descendientes, a tenor de lo establecido en el artículo 68.
Cuando se produce la separación, el cese de la obligación de la convivencia se lleva a efecto y es cuando comienzan a surgir los problemas entre los cónyuges.
Así, se inicia una “batalla” legal sobre quién va a continuar en el domicilio conyugal, liquidación de los bienes gananciales, custodia de hijos, etc.
Pero en ocasiones no sucede esta casuística, sino todo lo contrario, de forma repentina desaparece uno de los dos progenitores sin aportar ninguna información sobre su paradero. Se produce un cambio radical de vida. A partir de este punto, empiezan los problemas cuando por todos los medios de tratar de localizar al otro cónyuge.
Uno de los principales motivos de localizar a la pareja es proceder a la notificación de las resoluciones judiciales, que pueden ser motivadas por un embargo o por otra causa.